La emisión del CFDI en el caso de pago en parcialidades o en forma diferida, dependerá de la versión del Anexo 20
¿Como compruebo el pago realizado a mi factura del mes de diciembre que fue hecha con la versión de CFDI 3.2?
¿Como compruebo el pago realizado a mi factura del 1 de enero al 31 de marzo de 2018 y aun no utilizo el REP?
Estos son algunos casos de la vida real de cómo y cuándo aplicar el REP que se presentan actualmente al comprobar el pago de las facturas a crédito, ya sea pagada en parcialidad o en forma diferida.
El SAT anuncia que la emisión del REP se realizara conforme a lo siguiente:
1. Si se emitió un CFDI por el valor total de la operación con la versión 3.2 con fecha 1 de diciembre de 2017 o con posterioridad dentro del período de transición, por cada pago o pagos que se reciban a partir de dicha fecha, podrá emitir un CFDI en términos de lo dispuesto en el Artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del CFF.
Ejemplo: Don Conta, celebra una operación el 29 de diciembre del 2017 con el Sr. Esteban Piro con pago diferido o parcialidades estableciendo fecha de pago el 2 de enero.
- El CFDI por el valor total de la operación se emitió el 29 de diciembre de 2017, utilizando la versión 3.2 del Anexo 20.
- La contraprestación se liquida el 2 de enero, en este caso se puede emitir el CFDI de conformidad con el Artículo 29-A fracción VII, inciso b) del Código Fiscal de la Federación. En este supuesto se puede no emitir el CFDI con el complemento para recepción de pagos.
2. Si se emite un CFDI por el valor total de la operación con la versión 3.3 a partir del 1 de enero de 2018, y opta por aplicar lo dispuesto en el Artículo Quinto Transitorio de la “Resolución Miscelánea Fiscal vigente , por cada pago o pagos que se reciban del 1 de enero al 31 de marzo de 2018, se deberá emitir un CFDI en términos de lo dispuesto en el Artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del CFF, es decir, los contribuyentes podrán optar por expedir el CFDI sin incorporar el complemento para recepción de pagos durante el citado periodo.
Ejemplo: Don Conta, celebra una operación el 3 de enero de 2018 con el Sr. Esteban Piro con pago diferido o parcialidades estableciendo fecha de pago el 10 de marzo del mismo año.
- El CFDI por el valor total de la operación se emitió el 3 de enero de 2018, utilizando la versión 3.3 del Anexo 20.
- La contraprestación se liquida el 10 de marzo de 2018, en este caso el contribuyente tiene dos opciones:
1. Emitir el CFDI de conformidad con el Artículo 29-A fracción VII, inciso b) del Código Fiscal de la Federación.
2. Emitir el CFDI incorporando el complemento para recepción de pagos. 3. Si se emite un CFDI por el valor total de la operación con método de pago en parcialidades o diferido con la versión 3.3 a partir del 1 de abril de 2018, por cada pago o pagos que se reciban a partir de dicha fecha, se deberá emitir un CFDI con complemento para recepción de pagos a que se refiere la regla 2.7.1.35. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Ejemplo: Don Conta, celebra una operación el 15 de abril de 2018 con el Sr. Esteban Piro con pago diferido estableciendo fecha de pago el 15 de mayo de 2018.
- El CFDI por el valor total de la operación se emite el 15 de abril de 2018, utilizando la versión 3.3 del Anexo 20.
- La contraprestación se liquida el 15 de mayo de 2018, en este caso se debe emitir el CFDI incorporando el complemento para recepción de pagos. Fuente: Guía de llenado del comprobante al que se le incorpore el complemento para recepción de pagos, publicada en el Portal del SAT