Cambios en la guía de llenado en la nómina.

 

El pasado 31 de agosto se publicó la Guía de llenado del complemento de nómina, en la cual, entre otros cambios, se incorpora un nuevo tipo de régimen para empleado, correspondiente a la clave 13. Indemnización o Separación.

La guía especifica que, a partir del 1 de enero del 2019, los pagos realizados por indemnizaciones o separación (finiquitos), deberán identificarse con este nuevo tipo de régimen.

Por lo anterior, si un sobre recibo de finiquito incluye percepciones ordinarias y además percepciones que tengan asignadas las claves del SAT de indemnización o separación:

 

  • 022. Prima por antigüedad
  • 023. Pagos por separación
  • 025. Indemnizaciones

 

En CONTPAQi® Nóminas, de forma automática, al timbrar el finiquito se generarán 2 CFDIs: uno por los conceptos de indemnización con su respectivo impuesto, y otro con el resto de los conceptos.

La versión 11.2.0 de CONTPAQi® Nóminas, planeada a liberarse el 21 de diciembre, tendrá los cambios necesarios para cumplir con esta disposición. Además, incluiremos un Caso Práctico con la explicación del funcionamiento.

 

Timbrado en CONTPAQi® Nóminas después de aplicar el Cálculo Anual de diciembre

Empleados con ISR a compensar Clave OP – 004 Compensación

Para que el proceso de cálculo anual de ISR se considere válido, debe ejecutarse:

  1. Durante el mes de diciembre del ejercicio en curso
  2. Una vez cerrado el ejercicio a calcular durante los meses de enero y febrero (Artículo 97 párrafo 4to LISR)

Cuando se utiliza la Clave OP004 el CFDI debe llevar el Nodo CompensacionSaldoAFavor que a su vez contiene 3 atributos:

  • SaldoFavor
  • Año
  • RemanenteSalFav

 

La guía de llenado publicada el 31 de agosto del 2018 indica que el año puede ser menor o igual al ejercicio en curso. Sin embargo, por especificaciones del SAT a los proveedores autorizados de certificación (Regla de validación NOM223) indica que el año debe ser menor que el año en curso.

 

CONTPAQi® Nóminas

Dentro del sistema, el proceso del cálculo anual, cuando se ejecuta durante el mes de diciembre del ejercicio en curso, muestra como opciones para compensar el saldo a favor:

  • D55 ISR a Compensar (OP004)
  • D50 Reintegro de ISR retenido en exceso (OP001)

Por lo que al intentar realizar el timbrado con el concepto D55 ISR a Compensar (OP004) se presentará por regla de validación el mensaje:

“160899 Nomina.OtrosPagos.OtroPago.CompensacionSaldosAFavor.Ano  no es menor que el año en curso.”

Para resolver esta situación y poder realizar el timbrado, considera las siguientes alternativas:

 

  • Si se está ejecutando por primera vez para el ejercicio vigente (diciembre) en el módulo de cálculo anual, en la opción Concepto para aplicar saldo a favor, selecciona: D50 Reintegro de ISR retenido en exceso (OP001)

 

  • Si ya se ejecutó el proceso de cálculo anual y se autorizó el periodo con el concepto D55 ISR a compensar, dentro del catálogo de conceptos, a la deducción 55 ISR a Compensar, cambia la Clave agrupadora SAT por OP001 Reintegro de ISR pagado en exceso. Considera que, en el mes de enero 2019, deberás regresar la Clave agrupadora SAT a la anterior (OP004 Aplicación de saldo a favor por compensación anual).

 

  • Si se va ejecutar el proceso de cálculo anual durante el mes de enero o febrero, del siguiente ejercicio, utiliza el concepto de Deducción 55 ISR a Compensar, sin realizar ningún cambio en la Clave agrupadora SAT.

Subsidio causado en el XML

De acuerdo a las modificaciones a la guía de llenado del complemento de nómina 1.2 publicada el pasado 31 de agosto de 2018, ahora se requiere que aunque al empleado no le haya correspondido subsidio entregado, es necesario agregar el subsidio causado en el XML, así como el concepto de subsidio entregado con importe 0.01, de manera que pueda ser identificable, ya que actualmente no es posible identificarlo.

 

En base a lo anterior, es necesario agregar el atributo SubsidioCausado al XML en los siguientes 2 casos:

  1. Cuando al empleado le correspondió subsidio entregado (Este caso ya está cubierto actualmente).
  2. Cuando al empleado No le correspondió subsidio entregado (Nuevo caso contemplado en la guía de llenado).

CONTPAQi® Nóminas te da la opción de aplicar esta configuración para tus recibos de nómina de 2018.

Si decides aplicarlo, es necesario configurar la opción Agregar Subsidio Causado.

A partir del 1 de enero de 2019 se hace obligatoria la aplicación de la regla señalada para el Subsidio.

En caso de los recibos electrónicos con fecha de pago correspondiente a 2019, CONTPAQi® Nóminas en automático generará la información del subsidio de acuerdo a lo indicado en la guía de llenado.

 

Con estas recomendaciones podrás realizar el timbrado de la nómina sin ningún inconveniente.

 

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